Guía gratuita
Cómo presentarte a tu primera licitación pública
Para empresas que nunca han contratado con la Administración. Cada dato lleva la fuente oficial de la que sale: la Ley de Contratos del Sector Público, la Plataforma de Contratación del Sector Público y otras webs oficiales.
Fuentes revisadas el 27 de septiembre de 2026.
Aviso. Esta guía es informativa y no es asesoramiento jurídico. Lo que manda en cada licitación es su pliego. Las cifras son las vigentes en la fecha de revisión y pueden cambiar. El texto consolidado de la ley que publica el BOE es, según el propio BOE, «de carácter informativo y no tiene valor jurídico».
Antes de empezar: tres reglas de lectura
- Los importes se cuentan sin IVA. Los límites se refieren al «valor estimado», que se calcula sin incluir el IVA y contando también las posibles prórrogas del contrato. (art. 101 LCSP)
- Los días son naturales salvo que se diga «hábiles». Si el último día de un plazo es inhábil, se pasa al primer día hábil siguiente. (DA 12ª LCSP)
- Esta guía describe las reglas de las Administraciones Públicas. Otras entidades públicas (algunas sociedades o fundaciones, por ejemplo) siguen reglas propias en los contratos no sujetos a regulación armonizada. (art. 318 LCSP)
1. Dónde se publican las licitaciones
Cada órgano que contrata tiene un perfil de contratante: un espacio en Internet con su actividad contractual. Se consulta libremente, sin identificarse. (art. 63.1 LCSP) Ahí se publican, entre otras cosas, los anuncios de licitación y los pliegos. (art. 63.3)
La Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP), del Ministerio de Hacienda, aloja los perfiles de contratante. Todo el sector público estatal está obligado a usarla. (art. 347 LCSP) Las comunidades autónomas pueden tener su propia plataforma, pero deben publicar también en la PLACSP todas sus convocatorias y resultados, directamente o por «agregación». (art. 347.3) En las licitaciones agregadas, la PLACSP muestra un resumen y enlaza a la plataforma autonómica, que es donde está el detalle. (Guía del Operador Económico, PLACSP)
Para buscar licitaciones en la PLACSP no hace falta registrarse. (Guía del Operador Económico) En la lista de resultados, las licitaciones precedidas del símbolo @ son procedimientos electrónicos. (Guía de Licitación Electrónica v9.1)
2. Contratos menores: la puerta más pequeña
Son contratos menores los de valor estimado inferior a 40.000 € en obras e inferior a 15.000 € en suministros y servicios. (art. 118.1 LCSP)
- Se pueden adjudicar directamente a cualquier empresa con capacidad de obrar y la habilitación profesional necesaria. (art. 131.3)
- Duran como máximo un año y no se pueden prorrogar. (art. 29.8)
- Está prohibido fraccionar un contrato para rebajar su importe y evitar la licitación. (art. 99.2)
- Se publican al menos cada trimestre, con su objeto, duración, importe (IVA incluido) y adjudicatario. Quedan fuera los de menos de 5.000 € pagados por anticipo de caja fija o un sistema similar. (art. 63.4)
Esa publicación te permite ver qué compra cada organismo, cuánto paga y a quién.
3. Los procedimientos que te vas a encontrar
Procedimiento abierto
Cualquier empresa interesada puede presentar una oferta y no hay negociación. (art. 156.1 LCSP) La documentación administrativa va en un sobre y la oferta en otro. Si hay criterios que dependen de un juicio de valor y otros que se calculan con fórmulas, la oferta va en dos sobres. (art. 157)
Procedimiento abierto simplificado
Se puede usar en obras de valor estimado igual o inferior a 2.000.000 €. En suministros y servicios, el límite es inferior a la cifra a la que remite la ley, que desde el 1 de enero de 2026 es 140.000 € (antes, 143.000 €). (art. 159.1.a LCSP) (Orden HAC/1517/2025) Además, los criterios de juicio de valor no pueden pesar más del 25 % (45 % en servicios intelectuales, como ingeniería y arquitectura). (art. 159.1.b)
- Hay que estar inscrito en el ROLECE (o en el registro autonómico que corresponda) en la fecha final de presentación de ofertas. También vale haber pedido la inscripción, con la documentación, antes de esa fecha (ver apartado 4). (art. 159.4.a)
- No se exige garantía provisional. (art. 159.4.b)
- La declaración responsable va dentro del modelo de oferta del pliego. (art. 159.4.c)
- La oferta va en un solo sobre si no hay criterios de juicio de valor, y en dos si los hay. (art. 159.4.d)
Abierto simplificado «sumario»
Es una tramitación todavía más sencilla para obras de valor estimado inferior a 80.000 € y suministros y servicios inferiores a 60.000 €, excepto los servicios de carácter intelectual. (art. 159.6 LCSP) (A veces se le llama «súper simplificado», pero la ley no usa ese nombre.)
- El plazo para presentar ofertas es de al menos 10 días hábiles (5 días hábiles en compras corrientes de bienes disponibles en el mercado).
- No hay que acreditar solvencia económica ni técnica.
- La oferta va en un solo sobre y se valora solo con fórmulas.
- No se pide garantía definitiva.
- El contrato se puede formalizar firmando la aceptación de la resolución de adjudicación.
- En todo lo demás se aplican las reglas generales del simplificado. Este apartado de la ley no contiene ninguna excepción a la inscripción en el ROLECE.
Algunos contratos financiados con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia tienen límites más altos para estas tramitaciones. Es una excepción, no la regla general. (arts. 50–52 RDL 36/2020)
4. Prepara tu empresa antes de que salga «tu» licitación
Los plazos para presentar ofertas pueden ser cortos (ver apartado 8). Estos trámites conviene tenerlos hechos de antemano.
- Certificado electrónico. Las ofertas se presentan por medios electrónicos, salvo excepciones tasadas. (DA 15ª LCSP) La herramienta de la PLACSP firma con certificados de proveedores reconocidos por la plataforma @firma. (Guía de Licitación Electrónica v9.1) La FNMT es uno de esos emisores y emite certificados de representante. Si eres administrador único o solidario, debes pedir el certificado de administrador único o solidario, no el de representante de persona jurídica. (FNMT) Consulta los precios en la FNMT o en el emisor que elijas.
- Registro en la PLACSP como «Operador Económico». Es gratuito y solo pide un correo electrónico. Con él recibes suscripciones diarias de licitaciones y las notificaciones electrónicas de los órganos de contratación. (PLACSP, Empresas) Para presentar ofertas electrónicas no basta con el alta básica: también hay que rellenar los «datos adicionales». (Guía de Licitación Electrónica v9.1)
- Herramienta de Preparación y Presentación de ofertas. Es la aplicación de la PLACSP para preparar y enviar los sobres. Necesita Java, la aplicación Autofirma y el certificado electrónico. Consulta los requisitos técnicos exactos en la guía oficial, porque pueden cambiar. (Guía de Licitación Electrónica v9.1) Esta herramienta sirve para las licitaciones alojadas en la PLACSP; las plataformas autonómicas pueden tener sus propios sistemas.
- ROLECE. Es el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. La inscripción es voluntaria, a petición de la empresa. (art. 339.1 LCSP) Estar inscrito acredita ante todos los órganos de contratación los datos inscritos, y no tienes que volver a aportar esos documentos. (art. 96.1) (art. 140.3) La ley solo lo exige directamente en el procedimiento abierto simplificado, «siempre que no se vea limitada la concurrencia». Ahí también vale haber presentado la solicitud, con la documentación, antes de que termine el plazo de ofertas; se acredita con el acuse de recibo y una declaración responsable. (art. 159.4.a) Además, la ley permite a los órganos de contratación exigir la inscripción previa para tramitar electrónicamente. (DA 16ª.1.k) El trámite es electrónico y exige identificarse con certificado. (Ministerio de Hacienda, ROLECE) La inscripción en el registro de una comunidad autónoma vale para contratar con esa comunidad y con las entidades locales de su territorio. (art. 96.2)
5. Lee los pliegos: qué te van a pedir
Cada licitación tiene un pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP), con los criterios de solvencia y de adjudicación, y un pliego de prescripciones técnicas (PPT), que define la prestación. (arts. 122 y 124 LCSP) Presentar una oferta supone aceptar sin condiciones todo lo que dicen. (art. 139.1)
Solvencia
- El órgano fija la solvencia económica y técnica mínima en el anuncio y en el pliego. Debe estar vinculada al objeto del contrato y ser proporcional. (art. 74)
- El volumen de negocios mínimo que te pidan no puede superar 1,5 veces el valor estimado del contrato, salvo casos justificados. (art. 87.1) Si el contrato está dividido en lotes, se aplica a cada lote.
- Empresas de menos de 5 años: no se les puede exigir la lista de trabajos anteriores en obras de valor estimado inferior a 500.000 € ni en suministros y servicios no sujetos a regulación armonizada. Acreditan su solvencia técnica por otros medios. (arts. 88.2, 89.1.h y 90.4)
- Puedes apoyarte en la solvencia y los medios de otras empresas. (art. 75)
Clasificación
Es obligatoria en obras de valor estimado igual o superior a 500.000 €. En obras menores de esa cifra es una vía alternativa para acreditar solvencia, y en servicios no es exigible. (art. 77 LCSP)
Criterios de adjudicación
La regla es adjudicar con varios criterios según la mejor relación calidad-precio. (art. 145.1) Si el único criterio es el precio, gana la oferta más barata. (art. 150.1) Los criterios de juicio de valor se valoran antes que los de fórmula. (art. 146.2) Lee los criterios y su peso en el pliego antes de decidir el precio.
Lotes, UTE y subcontratación
- Si la naturaleza del contrato lo permite, debe dividirse en lotes, salvo justificación. Cada lote es un contrato, salvo que se prevea otra cosa. (art. 99.3 y 99.7) El pliego puede limitar a cuántos lotes puedes presentarte. (art. 99.4)
- Puedes presentarte con otras empresas en una unión temporal de empresas (UTE). No hace falta escritura pública hasta que os adjudiquen, pero respondéis solidariamente. (art. 69) Si te presentas en solitario, no puedes presentarte también en una UTE, ni estar en más de una. (art. 139.3)
- La subcontratación está permitida según lo que digan los pliegos, pero la empresa adjudicataria sigue siendo la única responsable ante la Administración. (art. 215)
6. Prepara y presenta la oferta
- Declaración responsable (DEUC). En el procedimiento abierto, la oferta va acompañada de una declaración responsable según el formulario del Documento Europeo Único de Contratación. En ella declaras que la empresa está bien constituida, que tiene la solvencia o clasificación y que no está en prohibición de contratar. (art. 140.1) El pliego incluye el modelo. (art. 141.1) En España, un servicio oficial para rellenarlo es el «Servicio para documentos ROLECE y DEUC» de la Dirección General del Patrimonio del Estado. (servicio DEUC)
- Tienes que cumplir los requisitos en la fecha final de presentación de ofertas y mantenerlos hasta que se firme el contrato. (art. 140.4)
- Garantía provisional: como regla general no se exige. Si se exige, de forma excepcional y justificada, es como máximo el 3 % del presupuesto base de licitación, sin IVA. (art. 106)
- Envío en dos fases. Si envías primero la «huella electrónica» de la oferta, la oferta completa debe llegar en un máximo de 24 horas o se considera retirada. (DA 16ª.1.h)
- Al presentar, la herramienta genera un justificante con Código Seguro de Verificación (CSV). (Guía de Licitación Electrónica v9.1) Todas las notificaciones del procedimiento son electrónicas. (DA 15ª)
7. Después de presentar
- Apertura. Se hace como máximo 20 días después de que acabe el plazo de ofertas. (art. 157.3)
- Errores en la documentación. Si la mesa encuentra defectos que se pueden corregir, te da 3 días para corregirlos. (art. 141.2)
- Oferta anormalmente baja (lo que se suele llamar «baja temeraria»). No te pueden excluir sin pedirte antes que la justifiques. Los parámetros para considerarla anormal tienen que estar en el pliego. (art. 149) En el simplificado tienes como máximo 5 días hábiles para justificarla. (art. 159.4.f)
- Si tu oferta es la mejor, te piden la documentación justificativa y la garantía definitiva. Tienes 10 días hábiles en el procedimiento abierto (art. 150.2) y 7 días hábiles en el simplificado. (art. 159.4.f) En el abierto, si no cumples, se entiende que retiras la oferta y te reclaman el 3 % del presupuesto base de licitación, sin IVA, como penalidad. (art. 150.2)
- Garantía definitiva: el 5 % del precio que ofertaste, sin IVA. (art. 107.1) Se puede constituir en efectivo o valores de Deuda Pública, mediante aval, con un seguro de caución y, si el pliego lo prevé, reteniéndola del precio. (art. 108) En el simplificado sumario no se pide.
- Adjudicación. Se hace en los 5 días hábiles siguientes a recibir tu documentación. (art. 150.3) Debe estar motivada, se notifica a los licitadores y se publica en el perfil de contratante en 15 días. (art. 151.1)
- Formalización. Es la firma del contrato. No se puede empezar a trabajar antes, salvo excepciones como los contratos menores. (art. 153)
Si no estás de acuerdo con una adjudicación, en obras de más de 3 millones de euros y en suministros y servicios de más de 100.000 € (entre otros casos) cabe el recurso especial en materia de contratación, que es gratuito. El plazo general es de 15 días hábiles. (art. 44) (art. 50.1) Este recurso también cabe contra los pliegos, pero por regla general no se admite si ya has presentado oferta. (art. 50.1.b)
8. Tabla de plazos mínimos para presentar ofertas
Son los plazos mínimos que fija la ley; el órgano puede dar más tiempo.
| Procedimiento | Plazo mínimo | Fuente |
|---|---|---|
| Abierto, suministros y servicios no armonizados | 15 días naturales | art. 156.6 |
| Abierto, obras (y concesiones) no armonizadas | 26 días naturales | art. 156.6 |
| Abierto armonizado (obras, suministros y servicios) | 35 días naturales desde el envío del anuncio a la UE, con reducciones posibles | art. 156.2 y 156.3 |
| Abierto simplificado | 15 días naturales; obras, 20 | art. 159.3 |
| Simplificado sumario | 10 días hábiles; compras corrientes, 5 días hábiles | art. 159.6.a |
Salvo el armonizado, se cuentan desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil de contratante. Los umbrales de «regulación armonizada» (UE) vigentes desde el 1 de enero de 2026 son 5.404.000 € en obras; 140.000 € en suministros y servicios de la Administración General del Estado (y otros organismos estatales que enumera la ley); 216.000 € en los del resto de entidades, y 750.000 € en servicios sociales y otros servicios específicos. (arts. 20–22 LCSP) (Orden HAC/1517/2025)
9. Ayuda oficial gratuita
- Guías de ayuda de la PLACSP: incluyen la Guía del Operador Económico y la Guía de Servicios de Licitación Electrónica para Empresas.
- Preguntas frecuentes de la PLACSP, con una sección para empresas.
- Soporte técnico de licitación electrónica: licitacionE@hacienda.gob.es. ROLECE: rolece@hacienda.gob.es.
- Guía Práctica de la Contratación Pública para la PYME (Ministerio de Industria). Es de diciembre de 2019, así que sus cifras son anteriores a las reformas y a los umbrales actuales: compruébalas antes de usarlas.
El primer paso: enterarte a tiempo
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- Valor estimado: importe total del contrato sin IVA, incluidas las prórrogas previstas (art. 101).
- PCAP y PPT: pliego de cláusulas administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas (arts. 122 y 124).
- Perfil de contratante: espacio en Internet de cada órgano con su actividad contractual (art. 63).
- DEUC: Documento Europeo Único de Contratación, el formulario de la declaración responsable (arts. 140 y 141).
- ROLECE: Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (arts. 337–345).
- Oferta anormalmente baja: el término legal de lo que se suele llamar «baja temeraria», una expresión que no aparece en la ley (art. 149).
- UTE: unión temporal de empresas que licitan juntas (art. 69).
- Formalización: firma del contrato en documento administrativo (art. 153).
Fuentes
Todas consultadas el 27 de septiembre de 2026.
- Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, texto consolidado del BOE (última actualización publicada el 09/04/2026).
- Orden HAC/1517/2025, umbrales europeos desde el 1/1/2026.
- Real Decreto-ley 36/2020, arts. 50–52.
- PLACSP: página Empresas, Guía de Servicios de Licitación Electrónica para Empresas v9.1 (04/08/2026) y Guía del Operador Económico v5.3 (09/03/2026).
- FNMT: certificado de persona física y certificados de representante.
- Ministerio de Hacienda: ROLECE y servicio DEUC.
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